Principales representantes y postulados de la Escuela Clásica

 



¿Qué es la escuela clásica?

Bueno, la escuela clásica fue un lugar donde se estudiaba y analizaba el delito y la pena, la escuela se basaba en el principio de libre albedrio, refiriéndose a que las personas son completamente responsables de sus actos ya que ven el crimen como un hecho individual, aislada como mera infracción de la ley. Esta escuela también recibía el nombre de “escuela de la disuasión”. El objetivo de dicha escuela era saber el origen y fundamento de derecho criminal, el delito, la responsabilidad, la pena, el método, con fines de derecho penal, tampoco se veía al delincuente como una persona diferente a los demás, ya que cualquiera puede llegar a ser un criminal, a base todo eso el interés por buscar una razón o razones lógicas sobre la criminalidad creció a tal punto de hacer una escuela especializada en el estudio de esta, con un concepto jurídico, es decir como una violación del derecho.

El objetivo de la escuela sobre la sanción penal no era cambiar o modificar al delincuente, sino un método legal para ayudar, salvar o defender a la sociedad de los crimines ya que el criminal va a estar aislado de las personas y no van a estar siempre en peligro, aunque igual es raro verlo así, ¿por qué?, bueno porque no por un criminal que sea enviado al aislamiento, o sea la cárcel, no por eso significa que no pueden haber más criminales fuera de la cárcel, porque obvio es casi o prácticamente imposible arrestar a todos los criminales del mundo y tener “paz” o estar siquiera tranquilos de que vamos a estar bien, porque mientras arrestan a uno hay otros criminales haciendo el mal al otro lado del mundo, o siquiera al otro lado del mundo, puede ser justo a 10 kilómetros más o hay alguien que está naciendo y va a ser un criminal cuando sea un poco más grande, entonces, es raro ver que la escuela quería salvar o defender a la sociedad cuando ahora la mayoría de esas personas causantes de muchos delitos siguen fuera, pero obvio la primera de las razones de la escuela era solo abarcar un tema que era bastante necesario de conocer, como lo es la mente criminal y evitar dichos crimines con el conocimiento necesario para identificarlos.

Postulados de la Escuela Clásica

1.    Igualdad

2.    Libre albedrío

3.    Entidad delita

4.    Imputabilidad moral

5.    Método deductivo

La base de la teoría clásica de la criminología se apoyaba en la teoría del contrato social, que decía que las personas eran libres de reunirse en la sociedad a base a unos acuerdos que garantizaba el orden y la convivencia. Este consenso proponía un castigo a aquellas infracciones de la ley que eran peligrosas y perjudiciales para la sociedad, pero era recompensada si contribuía al mantenimiento del mismo equilibrio. De esta forma se calificaban la tipología de un individuo como delincuente. Esto hacía que las penas que la ley imponía aseguraran el buen comportamiento y supervivencia de las personas como sociedad.

Por lo que añade a sus postulados fundamentales el denominador común que hace que todos estén incluidos en la misma dirección, ´pueden verse sus posturas acerca de cuatro asuntos:

1.    El método.

2.    El derecho.

3.    El derecho penal.

4.    El delito.

El método

Por su forma de formular una proposición determinada, el deductivo, debe admitir un a priori, una cantidad que hace derivar las proporciones sucesivas.

El derecho

Esto es una obra humana, no un producto histórico, el derecho es congénito al hombre porque fue dado por “Dios” a la humanidad desde el momento de su creación, para cumplir ciertos deberes en la tierra.

Derecho Penal

La idea clásica gira en torno a la idea de la ley natural como módulo del derecho, ya que la sociedad civil precisa de una dirección unificada provista de la ley moral. La sociedad necesita ciertos limites y prohibiciones a ciertas conductas y castigar a las personas que pasen esos límites ya que no es más que una ley para obtener orden. En consecuencia, el derecho penal tiene su génesis y su fundamento en la ley eterna de la armonía universal.

El Delito

Para la escuela clásica, el delito no es solo un al hecho, sino es más como un ente jurídico, según la formula sacramental de Carrara, concebida como un principio apriorístico de toda su construcción. La esencia del delito esta conformada por la relación de contradicción ente el hecho del hombre y la ley.

Caracteres o notas comunes dentro de la Escuela Clásica:

1.    Igualdad de derechos

2.    Libre albedrío

3.    Entidad delita

4.    Responsabilidad moral

5.    Pena proporcional al delito

6.    Método deductivo, teológico o especulativo.

Se puede decir que gracias a la escuela clásica finalizó la barbarie y las injusticias derivadas de la aplicación del derecho penal que representaba. Se procuró humanizar el respeto por medio de la ley, el reconocimiento de las garantías individuales y de la limitación al poder absoluto del Estado.

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Representantes de la escuela clásica

Cesare Beccaria (1738-1774)

Fue el fundador de la criminología clásica, fue autor de “De los delitos y de las penas” que para ese entonces tenía 26 años; en dicha obra, proponía escribir las leyes para que pudieran ser comprendidas por todos los individuos y no solo por los jueces, haciendo que todo fuera igualitario ante la ley y evitar malentendidos por lo que respecta la ley y con eso limitar las leyes penales al mínimo necesario para disminuir el delito.

Gracias a la escuela clásica después de un tiempo se pudo finalizar con la barbarie y la injusticia que representaba el derecho penal, se procuró humanizar por medio de la ley, el reconocimiento de las garantías independientes y de la limitación que representaba el Estado al poder absoluto.

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Pellegrino Rossi (1787 – 1848)
 Profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por los pensamientos políticos que generaba, Rossi fue el primero en escribir un gran clásico reconocido por muchos, aunque no se puede olvidar otras aportaciones famosas como Bentham, aportó con una de sus obras la Teoría de las penas y de las Recompensas escrita en 1840 y Romagnosi, con Génesis Del Diritto Penale en 1837. Para muchos Rossi fue el que puso las bases de la escuela clásica con una de sus obras Filosofía del Delito escrita en 1839.

Él consideraba que existía un orden moral que todo ser, sea inteligente y libre debería de seguir, diciendo que todo eso se tendría que aplicar para toda la sociedad, ya que todos estamos hechos para vivir en esta sociedad.

Creía que el ser juzgado solo podía ser y pertenecer solo a alguien superior, o sea, nadie puede juzgar a otro sin ser superior, como lo es actualmente un juez y el acusado, pero no negaba que todo hombre a ser tal ser superior, el poder juzgar significa tener que ser inteligente y juzgar a todos por igual, para Rossi era fundamental el derecho a castigar ya que era el principio de la justicia, acusar a alguien de un crimen como lo es el homicidio y que lo juzguen por ese crimen y le den una condena adecuada, hace que sea justo, aunque es obvio que aunque le den cadena perpetua nunca será suficiente por lo que le quitó a otras personas, como lo es en este ejemplo, la vida de alguien más.


Giovanni Carmignani (1768 – 1847)

Fue otro representante que trata de explicar que el castigo a un criminal no se hace por venganza, sino se hace con el propósito de evitar crimines semejantes a futuro, este representante fue profesor de Pisa, y en Elmenta iuris crimnalis hace que la necesidad del orden social sea una fuente y la ley moral como un límite.



Francisco Carrara (1805 – 1888)

Es considerado como uno de los padres de la escuela clásica del derecho penal, escribió Programa di Diritto Criminale en 1859, lo cual hizo que el derecho penal tuviera una verdadera esencia jurídica y tiene importancia en la escuela clásica, ya que son las doctrinas de Carrara generalmente las que se someten a examen.

La evolución de la escuela clásica se debe al conjunto de doctrinas de Carrara. Según Carrara el delito es “La infracción de la ley del estado, promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultante de un acto externo del hombre, positivo o negativo, moralmente imputable o políticamente engañoso”. La pena no tiene que pasar los límites de la tutela jurídica, ya que hacerlo sería romper la misma tutela jurídica, explicando que el criminal merece un castigo adecuado al incumplimiento de la ley que haya causado.

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Recomiendo mucho el libro de Criminal-Mente. La criminología como ciencia de Paz Velasco de la Fuente


Referencias

Alvarez Díaz de León, G., Montenegro Núñez, M. d., & Martínez, J. M. (Mayo de 2012). Apuntes acerca de dos escuelas criminológicas: Clásica y Positivista. Textos de apoyo didáctico. Facultad de pasicología, UNAM .

Buendia, W. B. (s.f.). Escuela Clásica Penal. Obtenido de https://www.monografias.com/trabajos82/escuela-clasica-penal/escuela-clasica-penal

Canteli Méndez, I. (23 de 07 de 2014). Crimipedia. Obtenido de Escuela Clásica : https://crimipedia.umh.es/topics/escuela-clasica/

Villamizar, M. (s.f.). La criminología y sus escuelas. Obtenido de https://www.monografias.com/trabajos102/criminologia-y-sus-escuelas/criminologia-y-sus-escuelas

Zúñiga López, R. (2021). Fundamentos de Criminología. San José: Universidad Estatal a Distancia.

 

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